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Cruz Roja Española en Ceuta
Ceuta, 12 de enero de 2007
COMUNICADO
El Cristal Rojo, emblema protector adicional del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
Cruz Roja Española en Ceuta
· Se utilizará como emblema adicional junto a los de la Cruz Roja y la Media Luna Roja · La aprobación del cristal rojo reafirma la determinación del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja de consolidar su universalidad · El Protocolo III fue aprobado por una gran mayoría de Estados en una Conferencia Diplomática celebrada en diciembre de 2005
El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR, único organismo autorizado por las distintas Convenciones de Ginebra a actuar en conflictos bélicos) y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja se congratulan por la entrada en vigor, el 14 de enero de 2007, del Protocolo III adicional a los Convenios de Ginebra de 1949. El Protocolo III presenta un emblema protector denominado Cristal Rojo, junto con los emblemas de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
Acción neutral e independiente La aprobación del Cristal Rojo reafirma la determinación del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja de consolidar su universalidad y, de ese modo, de incrementar su fuerza y credibilidad. Mediante las nuevas posibilidades para la protección y la identificación que se ofrecen a las Sociedades Nacionales y a los Estados que desean emplear el cristal rojo, el Protocolo III es un ejemplo del compromiso del Movimiento para ejercer una acción neutral e independiente. A largo plazo, el objetivo es mejorar la protección de cuantos la necesitan: los beneficiarios de la ayuda humanitaria o las personas que se esfuerzan en prestarla. El Protocolo III fue aprobado por una gran mayoría de Estados en una Conferencia Diplomática celebrada en diciembre de 2005, en Ginebra. La XXIX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que se celebró en junio de 2006, modificó los Estatutos del Movimiento para incorporar el emblema adicional. Hasta la fecha, 84 Estados han firmado el Protocolo III y nueve Estados lo han ratificado. El Gobierno Suizo es el depositario del tratado.
Supremacía de los principios humanitarios Ahora, se plantea la ingente tarea de dar lugar a que el cristal rojo goce del mismo reconocimiento y del mismo respeto a nivel mundial que los otorgados de manera generalizada a la cruz roja y a la media luna roja. Esta es una tarea a largo plazo, que han de realizar los miembros del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y los Estados Partes en los Convenios de Ginebra. La entrada en vigor de dicho protocolo y con ésta la del emblema suplementario del cristal rojo, es un signo concreto de la supremacía de los principios humanitarios sobre cualquier otra consideración en lo que respecta a la misión del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. REF.: 22/2.007
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