Cruz Roja Española en Ceuta
Ceuta, 14 de diciembre de 2005
 COMUNICADO
EL CRISTAL ROJO, tercer emblema adicional del Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
Cruz Roja Española en Ceuta
  • El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja celebra la decisión de la Conferencia Diplomática reunida en Ginebra de adoptar el Tercer Protocolo Adicional de los Convenios de Ginebra por el que se crea un emblema adicional a los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja
  • Se trata de un marco rojo cuadrado sobre fondo blanco, colocado sobre uno de sus vértices y exento de toda connotación religiosa, política o de cualquier otra índole
  • El nuevo emblema se utilizará junto a los ya existentes cuando se crea conveniente su utilización
  • El CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja, único organismo autorizado por diversos convenios de Ginebra para actuar en conflictos bélicos) y la Federación de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja pueden decidir utilizar el emblema adicional, especialmente en situaciones complejas cuando, habida cuenta de las circunstancias locales, sea claro que dará mayor protección y seguridad a las víctimas, al personal y a las operaciones

La Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja utiliza como 'logotipo' dos emblemas universalmente reconocidos -la cruz roja y la media luna roja- insertadas sobre un fondo blanco y dentro de un rectángulo rojo.

Las Sociedades Nacionales miembros de la Federación utilizan uno u otro de esos emblemas, ya sea la cruz roja o la media luna roja.
La Federación Internacional puede emplear ambos emblemas con carácter indicativo porque no es ni un Estado ni una Sociedad Nacional.
Desafortunadamente, a veces hay quien ve en los emblemas connotaciones de índole religiosa, cultural o política. Esto ha afectado el respeto debido a los emblemas, especialmente en algunas situaciones de conflicto, y menguado la protección que los emblemas ofrecen a las víctimas y al personal sanitario y humanitario.
Con la aprobación de otro emblema. las Sociedades que tienen dificultades para utilizar la cruz roja o la media luna roja podrían ser miembros del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

Conferencia diplomática en Ginebra y firma del Tercer Protocolo Adicional

El emblema adicional, denominado el cristal rojo, ofrecerá así una solución global y duradera a la cuestión del emblema. Se trata de un marco rojo cuadrado sobre fondo blanco, colocado sobre uno de sus vértices y exento de toda connotación religiosa, política o de cualquier otra índole.

El Movimiento agradece al Gobierno de Suiza, Estado depositario de los Convenios de Ginebra, por su indefectible empeño en guiar el proceso que culminó con la adopción y la firma del Tercer Protocolo Adicional.

El acuerdo entre la Media Luna Roja Palestina (MLRP) y la Magen David Ado (MDA) firmado el 28 de noviembre también contribuyo al éxito de la Conferencia, pues estipula las disposiciones operativas que ampliarán la cooperación de estas Sociedades en el cumplimiento de su mandato humanitario.

Con la firma del Tercer Protocolo Adicional concluye el proceso diplomático y, ahora, compete al Movimiento adaptar sus reglas y procedimientos a la nueva situación.

Tras la adopción del citado protocolo, la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja decidió convocar la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en 2006. Esta última congregará a representantes de los Estados Parte en los Convenios de Ginebra, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y las 183 Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja que son miembros de la Federación Internacional.

Se pedirá a la Conferencia que enmiende los estatutos del Movimiento habida cuenta de la creación del nuevo emblema a efectos de realizar el objetivo de universalidad.

Convención de Ginebra

La decisión fue respaldada por dos tercios de los 192 estados miembros que integran la Convención de Ginebra. Un total de 144 países participó en la conferencia diplomática convocada por Suiza para la adopción del emblema. Si bien no se logró un consenso absoluto, si se obtuvo una amplia mayoría: se registraron 98 votos a favor, 27 en contra y 10 abstenciones.

La adopción de este tercer símbolo permitirá a Israel unirse a la red mundial de ayuda humanitaria, poniendo fin de esta manera a un conflicto de décadas acerca de la posibilidad de que Israel se convirtiera en miembro de esta organización.

Con la aprobación de esta medida los servicios oficiales de emergencia de ese país podrán utilizar el cristal rojo.

El encuentro para debatir el tema estuvo marcado por discusiones agrias pues varios países islámicos se resistían a reconocer la opción de una estrella roja para Israel.

La delegación siria, por ejemplo, solicitaba un acuerdo con respecto a la situación de los Altos del Golán para aprobar el nuevo emblema. Durante la Guerra de los Seis Días, en 1967, Siria perdió el control de la región que desde entonces se encuentra bajo dominio israelí. Sin embargo, durante la reunión en la que se aprobó el símbolo  no fue posible alcanzar ninguna solución para este asunto.

Los países tuvieron que retrasar el voto debido a que Siria puso como condición indispensable para sumarse al consenso que Tel Aviv autorizara las operaciones de su Media Luna Roja en el Golán, un territorio anexado por Israel desde 1967.

En un intento por generar el consenso, Chile presentó una propuesta para que los países adoptaran por unanimidad el emblema bajo el compromiso de que las sociedades de socorro siria e israelí llegaran a un pacto de cooperación en la reunión humanitaria que tendrá lugar en mayo del próximo año.

Sin cambio en el nombre o el emblema que se utiliza actualmente

El Comité Internacional de la Cruz Roja, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja o el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja no cambiarán el nombre o el emblema que utiliza actualmente.

En el preámbulo del proyecto de Protocolo adicional, se señala la determinación de los componentes internacionales del Movimiento de conservar los nombres y emblemas que utilizan actualmente.

Sin embargo, de conformidad con el artículo 4 del proyecto de Protocolo, el CICR y la Federación pueden decidir utilizar el emblema adicional, especialmente en situaciones complejas cuando, habida cuenta de las circunstancias locales, sea claro que dará mayor protección y seguridad a las víctimas, al personal y a las operaciones.

Historia de los emblemas cruz roja y media luna roja

El emblema de la Cruz Roja, que sirve para identificar a quienes de una forma neutral  se dedican a proteger a los heridos, es un homenaje a Suiza (país del fundador de la Cruz Roja, el médico Henry Dunant) por ser el Estado que toma la iniciativa de convocar la Conferencia Diplomática - son el signo y los colores de la bandera suiza, pero invertidos -  Este emblema dio además nombre a todo el movimiento humanitario.

En 1876 Turquía y Rusia iniciaron un enfrentamiento bélico.  Los soldados musulmanes consideraban que el signo de la Cruz Roja era un símbolo religioso cristiano y se negaban a ser atendidos por los servicios de socorro.  Por ello el Gobierno turco solicitó utilizar la Media Luna Roja.  Este símbolo fue reconocido y desde ese año los países de mayoría islámica lo utilizan.

Signo protector e indicador

El símbolo de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja tiene un doble carácter: 

Signo protector: Por un lado, en tiempo de guerra, indica que el personal y el material que lo porta son neutrales y están protegidos por los Convenios de Ginebra y como tal deben ser respetados. El emblema representa la ayuda imparcial a los soldados heridos sin distinción alguna por motivos de nacionalidad, raza, religión, clase social u opiniones.

Signo indicativo: En tiempo de paz y acompañado por el nombre de la Sociedad Nacional correspondiente, y siempre de un menor tamaño, indica el material y personal que pertenece a la sociedad nacional.

Uso del emblema

Hay dos formas de utilizar los emblemas reconocidos por los Convenios de Ginebra.

El primer uso es un signo de protección visible que el derecho internacional humanitario confiere al personal y al material de los servicios sanitarios militares, al personal sanitario de las Sociedades Nacionales y al personal y material del Comité Internacional de la Cruz Roja y de la Federación Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

En esta situación, se habla de uso protector del emblema.

El segundo uso del emblema indica que las personas y el material tienen una relación con el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En este caso, se trata del uso indicativo del emblema.

El uso del emblema a título indicativo más común es el logotipo de las Sociedades Nacionales, en el cual figura el emblema, junto con el nombre o las iniciales de la Sociedad Nacional, y se utiliza para indicar que las actividades, las personas y el material están relacionados con la Sociedad Nacional.

REF: 736/2005

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