Asociación Cultural Septem Nostra
Ceuta, 9 de febrero de 2008
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Soterramiento vs Patrimonio Histórico
Septem Nostra
  De manera sorpresiva, por inesperada, la Ciudad Autónoma de Ceuta ha realizado una serie de sondeos arqueológicos en las calles Independencia y Goñalons con el objetivo de evaluar la posible afección del patrimonio arqueológico como consecuencia del proyectado soterramiento de ambas céntricas vías. La información que disponemos hasta el momento del resultado de estos trabajos arqueológicos es imprecisa y proviene exclusivamente de las noticias que recogen los medios de comunicación locales. Sobre el contenido de estas informaciones existen ciertas contradicciones, pues si bien se anunciaba por algún rotativo que no se habían encontrados restos de importancia, en los sucesivos días tal información era matizada para indicar que la aparición de parte de las fortificaciones del foso de la Almina podrían suponer un serio problema con vistas a la ejecución de esta megalómana obra. Preguntada por esta cuestión, la portavoz del gobierno indicó que en breve plazo se contará con el informe de los técnicos municipales que determine la importancia de estos hallazgos, así como las recomendaciones sobre la conservación de los bienes culturales localizados en el transcurso de esta intervención arqueológica.

La realización de esta actuación arqueológica, aplicando la lógica de cualquier actuación de investigación que se precie, habrá estado precedida de un pormenorizado estudio histórico basado en la abundante información documental, en forma de documentos, planos y fotografía, que existe sobre el foso de la Almina (s.XVI). Contando con esta amplia información, el objetivo de estos sondeos arqueológicos habrá sido corroborar ciertas conclusiones preliminares en torno a la ubicación exacta de los distintos elementos que conforman el foso de la Almina, además de analizar la posible existencia de niveles arqueológicos de mayor antigüedad. En este contexto cobra más sentido la intervención arqueológica que hace unos meses se llevó a cabo junto al mercado de abastos, que permitió documentar interesantes estratos arqueológicos de época bizantina.  Entonces no entendimos la justificación de una intervención arqueológica en plena acera, sin que estuviera prevista una remoción del terreno en aquel lugar. Todo ha cobrado sentido cuando este mismo sondeo se ha vuelto abrir y se ha ampliado buscando los restos del baluarte de la Pólvora, fundamental para identificar la escarpa del foso de la Almina y con ello determinar la compatibilidad de la conservación de estos restos de fortificación con el soterramiento de esta calle.

La prudencia aconseja que no nos precipitemos a la hora de emitir un juicio sobre el impacto de las obras de soterramiento en el patrimonio histórico y arqueológico de la ciudad. No obstante, sí queremos hacer algunos comentarios al respecto. En primer lugar, consideramos que la intervención arqueológica realizada el pasado fin de semana solo puede entenderse como una acción puntual que persigue resolver algunas incógnitas que el estudio de las fuentes documentales no permiten dilucidar. En ningún caso, puede considerarse un estudio arqueológico en profundidad de la zona, ya que ello conllevaría una excavación intensiva y extensiva de toda la zona afectada por las obras del soterramiento. La experiencia de la construcción del aparcamiento subterráneo en la Gran Vía, con tan dramáticas consecuencias en el patrimonio arqueológico, tiene que servirnos para no cometer el mismo error de causar un daño irremediable en nuestro patrimonio y perder, de este modo, páginas enteras de nuestra historia que nunca llegaremos a conocer.

El segundo comentario que queremos hacer en relación a las obras de soterramiento y su incidencia en el patrimonio histórico es de índole legal. Como se ha comentado en estos días, la zona afectada por esta iniciativa urbanística está incluida en el conjunto de las murallas del Recinto de "La Ciudad", que fue declarado Bien de Interés Cultural, con la categoría de conjunto histórico. Esta declaración, como ya sucedió con el caso de la construcción del nuevo Palacio de Justicia en la parcela del Cine África, supone una limitación a las remodelaciones urbanas permitidas por la ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español. Tal y como determina el artículo 20.3, la inexistencia del preceptivo plan especial de protección al que obliga el mencionado texto legal  impide, entre otras actuaciones urbanísticas, alineaciones nuevas o sus modificaciones. No cabe duda que las obras de soterramiento constituyen una modificación relevante de las alineaciones existentes por lo que resulta inexcusable contar con un plan especial de protección que prevea este tipo de intervenciones. Teniendo en cuenta los precedentes del cine África no llegamos a entender como la ciudad se embarca en este tipo de obras sin estar al día de sus obligaciones legales respecto a la protección de los conjuntos históricos ceutíes. Desgraciadamente, la Ciudad Autónoma de Ceuta solo avanza en este sentido a base de decretos gubernativos, único motivo que les ha llevado a encargar la redacción del Plan Especial de Protección de la Almina. Mucho nos tememos que si el gobierno de la Ciudad persiste en su idea de realizar el soterramiento de las calles Independencia y Victori Goñalons se enfrentará de nuevo a los resultados de su falta de previsión en cuanto a la correcta gestión de nuestro patrimonio histórico.

            Desde Septem Nostra, cumpliendo una vez con nuestro compromiso ciudadano en pro de la conservación de los bienes culturales y naturales de Ceuta, vamos a llevar a cabo un exhaustivo seguimiento de todas las gestiones que se emprendan en relación a las obras del soterramiento, exigiendo que se cumpla con absoluto rigor la normativa urbanística y especialmente aquella relativa a la conservación del patrimonio histórico y arqueológico.        

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