Asociación Cultural Septem Nostra
Ceuta, 20 de agosto de 2005
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Carta de Sevilla: Patrimonio y ciudadanía (II)
Septem Nostra

En el resumen que le estamos ofreciendo de la Carta de Sevilla, esta semana reproducimos un amplio resumen del capítulo dedicado al papel de las administraciones públicas en la defensa del patrimonio cultural. Un diagnóstico del que no salen demasiado airosas las autoridades competentes en esta materia.

"El artículo 46 de la Constitución recoge la defensa del Patrimonio por parte de los poderes públicos, de ahí su responsabilidad en primer lugar cuando desaparece, se maltrata o se abandona cualquier recurso patrimonial. Entendemos que dicha responsabilidad se extiende a tres aspectos fundamentales de la política de defensa del Patrimonio cultural: la vigilancia ante los desmanes y atentados contra éste; la necesaria actuación para sancionarlos y prevenir nuevos daños y, por último, la imprescindible educación de la ciudadanía para que sea una realidad el disfrute y valoración del Patrimonio por todos. Sin embargo, no parece que se alcancen estos objetivos por parte de las administraciones competentes. Es más, a menudo tenemos que luchar contra ellas para recordarles sus funciones, protestar ante muchas de sus actuaciones, sus silencios, su lentitud o su permisividad ante el lamentable deterioro del Patrimonio cultural. De todo ello extraemos las siguientes consideraciones:

- Las administraciones públicas deben dar ejemplo del cumplimiento estricto de las leyes de Patrimonio histórico y artístico. Así, ciertas actuaciones nos preocupan dado que generan polémicas y dudas razonables acerca del cumplimiento de la Ley, rigurosa para el ciudadano en tantas ocasiones, pero laxa para la Administración en tantas otras. Las administraciones deben, asimismo, dar ejemplo cuidando su propio Patrimonio, aquel que jurídicamente les pertenece.

- La financiación de las administraciones locales depende cada vez más y con mayor exclusividad de los planes urbanísticos, de los usos del suelo proyectados, y ello está perjudicando cada vez más al Patrimonio arquitectónico, colocado en posición secundaria tras los intereses de promotores inmobiliarios cuya voracidad de suelo parece no tener límites. Es urgente una modificación de la financiación municipal que no deje a nuestros ayuntamientos a merced de los intereses de pocos, en detrimento del derecho de todos a nuestro Patrimonio.

- La administración se rodea de un cierto oscurantismo en sus actuaciones. Cada vez son mayores las dificultades para acceder a proyectos y planes cuya ejecución repercute en toda la ciudadanía. Los Planes Generales de Ordenación Urbana, Planes Parciales o Especiales, se realizan a través de informaciones públicas que cuando no coinciden en el mes de agosto, son pergeñadas a través de un lenguaje y unos planos que por su grado de abstracción y cripticidad dejan amplios márgenes de interpretación a sus autores y que después una vez aprobados inicialmente se convierten en inmodificables, llevándose a la práctica a través de unas informaciones públicas sordas y con el carácter de la política de los hechos consumados.

- El oscurantismo oficial suele venir en otras ocasiones acompañado de silencios administrativos, innecesarios procesos interminables, expedientes de incoación de los BIC que se culminan al cabo de los años cuando el Bien a proteger ya no existe o se encuentra en un estado de recuperación ruinosa e irreversible. Es necesaria una reforma de la normativa que recoja una cautela apropiada cuando se incoa un expediente. El Patrimonio cultural es un bien débil, que no puede sufrir procesos interminables y oscuros. Como ayer en la Historia de España, son necesarios "luz y taquígrafos".

- Es preciso que se produzca una mayor implicación de las instituciones ejecutivas y judiciales en la defensa del Patrimonio, desarrollando una formación específica en legislación patrimonial y medioambiental entre jueces y fiscales.

- Debe reformarse y actualizarse la Ley de Patrimonio con objeto de que se atiendan convenientemente cuestiones que no están bien tratadas en dicha normativa, tales como los aspectos relativos a la presión y la "contaminación" turística, la conservación de las pátinas, la pérdida de las texturas en los muros, el excesivo intervencionismo, cuando no la agresividad en muchos bienes con actuaciones con criterio por contraste y con materiales modernos, la participación ciudadana en la defensa del Patrimonio, etc.

- Los poderes públicos, en este sentido, deben potenciar y garantizar una participación real y efectiva de los ciudadanos, con voz y voto en las Comisiones pertinentes a los diversos niveles, considerando que es la ciudadanía quien legitima, en última instancia, las actuaciones de las administraciones.

- Para garantizar el disfrute y el conocimiento de nuestro Patrimonio cultural las administraciones deben dar la mayor publicidad al Catálogo de Bienes de Interés Cultural de cada provincia, indicando las condiciones de acceso gratuito para los ciudadanos establecido por la ley.

- En el mismo sentido, debe confeccionarse una Base de Datos en cada localidad que recoja los niveles de protección en edificios y espacios urbanos y rurales. La difusión de esta base de datos es fundamental para conseguir una eficaz protección del patrimonio.

- Las administraciones competentes tienen que garantizar la educación patrimonial en las escuelas y en la calle para niños, jóvenes y adultos".

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