Asociación Cultural Septem Nostra
Ceuta, 17 de junio de 2005
 BLOGS
El reparto competencial en patrimonio cultural de Ceuta
Septem Nostra
Recientemente, en un artículo periodístico, la Consejera de Educación y Cultura afirmaba que la Ciudad Autónoma de Ceuta gozaba de plenas competencias en la administración del patrimonio cultural localizado en el territorio ceutí. Esta afirmación merece una aclaración, al distar mucho de la realidad competencial en esta materia. Lo cierto es que la mayor parte de los bienes culturales ceutíes declarados como Bien de Interés Cultural o susceptibles de serlo, son de competencia exclusiva de la Administración General de Estado.

La Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español, en su artículo 6.b, determina que la Administración General del Estado, más concretamente el Ministerio de Cultura, será el organismo competente respecto a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración General del Estado o que formen parte del patrimonio nacional. Este precepto legal fue el que inspiró el Real Decreto 31/1999, de 15 enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cultura y deporte a la Ciudad de Ceuta. En el apartado de funciones y servicios que continúan correspondiendo a la Administración del Estado, se expresa claramente la plena competencia estatal sobre los bienes culturales puestos a disposición de organismos estatales.

En la práctica, debe ser el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, el encargado de aplicar la ley en todo tipo de bienes culturales adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración del Estado en Ceuta. Esto supone que la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales es el estamento del que dependen las autorizaciones administrativas para intervenciones en el patrimonio cultural, así como tiene que ejercer las obligaciones de control, seguimiento, inspección, asesoramiento y ejercicio de la potestad sancionadora en aquellos casos que lo requieran.

En nuestra ciudad son muchos los bienes que gestiona la Administración General del Estado. De sobra es conocido en nuestra ciudad que el Ministerio de Defensa posee la mayor parte de los inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural, a los que se añadirían los terrenos militares, las zonas que controla la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, el Puerto de Ceuta, incluidas sus aguas, o la propia sede de los juzgados, Delegación del Gobierno, Direcciones Provinciales, etc?

A pesar de que el reparto competencial en patrimonio cultural distingue claramente de quién depende la aplicación de la ley que protege nuestro patrimonio cultural, lo cierto es que la Ciudad Autónoma de Ceuta viene extralimitándose en sus competencias patrimoniales desde el año 1999, sin que nadie se haya percatado de este craso error administrativo. Estamos convencidos de que no ha habido mala fe por ninguna de las partes, pues si bien es cierto que la Ciudad se ha extralimitado en la aplicación de sus competencias, no es menos cierto que la Administración General del Estado ha manifestado una clara dejación de funciones en cuanto al seguimiento e inspección de los bienes culturales de los que eran plenamente competentes.

Lo correcto, a nuestro parecer, dada la enmarañada situación competencial del patrimonio cultural de Ceuta, es aclarar cuanto antes este entuerto. La Consejería de Educación y Cultura no puede seguir autorizando intervenciones de restauración en elementos del patrimonio cultural pertenecientes al Ministerio de Defensa, excavaciones arqueológicas en terrenos militares (caso de la Cueva y Abrigo de Benzú) o la construcción de edificios en el entorno de protección de inmuebles gestionados por la Administración del Estado. Por su parte, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales tiene la obligación moral de ponerse al día en sus obligaciones respecto al patrimonio cultural ceutí colaborando en su sostenimiento. El Estado central tiene que ser sensible a la escasez de recursos que dispone la Ciudad de Ceuta para la conservación y restauración del ingente patrimonio cultural que atesora nuestra ciudad.
El autor del weblog es el único responsable de su contenido ya que este website no interviene en forma alguna en su redacción.