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Asociación Cultural Septem Nostra
Ceuta, 10 de abril de 2005
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Antenas, patrimonio y salud
Septem Nostra
En las últimas semanas los usuarios de teléfonos móviles de la compañía Telefonica hemos sufrido algunos problemas de cobertura. Los problemas en la señal se hacían notar especialmente los fines de semana, relacionados con una campaña de promoción de mensajes cortos. A la falta de cobertura general de estos días se suman los problemas que desde siempre han padecido ciertas zonas de Ceuta, en las que es habitual que se te cuele en el móvil algún repetidor de Marruecos. Las protestas y el malestar de muchos clientes de Telefónica ha motivado que esta empresa multinacional haya anunciado la próxima instalación de 19 nuevos repetidores repartidos por distintos puntos de la ciudad. La instalación de antenas repetidoras constituye un asunto polémico debido a las numerosas voces que han alertado sobre los efectos biológicos en los seres vivos que se ven sometidos a radiaciones electromagnéticas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) puso en marcha, en el año 1996, un proyecto científico de ámbito internacional para analizar los diversos informes emitidos y las pruebas recopiladas sobre los efectos en la salud de las radiaciones electromagnéticas y los campos de radiofrecuencia que emiten los teléfonos móviles y las antenas repetidoras. Hasta que estos informes sean concluyentes en un sentido u otro, la OMS, la Unión Europea, así como la mayor parte de las autoridades locales y nacionales, están siguiendo el principio de precaución estableciendo una serie de medidas y normativas, entre las que se encuentran la consulta previa a los ciudadanos para la ubicación de antenas. Algunos colectivos, como Ecologistas en Acción, han ido más allá solicitando que se retiren las antenas ubicadas en los núcleos urbanos y que se instalen a una distancia mínima de 600 mts de las viviendas. Asimismo, están promoviendo que los ayuntamientos aprueben una ordenanza específica que regule la instalación de antenas de radiotelecomunicaciones. Desde Septem Nostra apoyamos estas medidas que creemos podrían evitar efectos indeseables de estas antenas en la salud de nuestros convecinos. A los problemas que pueden acarrear la colocación de antenas en la salud pública, aspecto pendiente de una valoración definitiva, se suman los innegables impactos paisajísticos y medioambientales que su instalación provocan en el entorno. Nuestras ciudades cada día están más pobladas de antenas de todo tipo (televisión, parabólicas, telefonía, etc...) que inciden negativamente en el paisaje urbano. Junto a las antenas aparecen con frecuencia cables que cuelgan de las fachadas, lo que supone un grave atentado contra el ornato del patrimonio arquitectónico. Para evitar este grave atentado paisajístico, la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español prohíbe "la colocación de cualquier clase de cables, antenas conducciones aparentes en las fachadas y cubiertas de los monumentos declarados de interés cultural. Se prohíbe también toda construcción que altere el carácter de los inmuebles o perturbe su contemplación" (artículo 19). En Ceuta tenemos claros ejemplos de este tipo de situaciones. El fortín de Isabel II, declarado Bien de Interés Cultural, se encuentra en la actualidad repleto de todo tipo de antenas que han producido ostensibles daños en la estructura del inmueble. Entre los lugares donde podrían ubicarse las nuevas antenas de móviles se ha indicado los baños árabes o las Murallas Merinidas, desatendiendo la legislación vigente. Esperamos que la Consejería de Educación y Cultura intervenga en este asunto impidiendo la colocación de estas antenas en estos monumentos o en sus proximidades. Consideramos que en este delicado asunto debemos actuar con cautela y no crear una innecesaria alerta social. Las nuevas tecnologías aportan mejoras en nuestra calidad de vida, siempre que entre todos alcancemos un acuerdo para prevenir y proteger la salud de la población y minimizar el impacto medioambiental, visual y urbanístico que producen las infraestructuras de telecomunicaciones. Los ciudadanos tienen el derecho de ser informados sobre el impacto de estas instalaciones y ser escuchados antes de decidir la implantación de una antena de telefonía en su vivienda o centro de trabajo y en los lugares con especial riesgo como son los centros hospitalarios y geriátricos, residencias de ancianos, centros educativos o escuelas infantiles. En todos estos casos se debe aplicar el principio de prevención alejando la ubicación de estas antenas al menos 600 mts.Por su parte, la Ciudad Autónoma tiene la obligación de regular las infraestructuras de radiocomunicación, y especialmente, de las infraestructuras de telefonía móvil con la finalidad de ordenar y planificar la distribución de las mismas en el territorio ceutí. Antes de proseguir con los planes de instalación de antenas sería necesario redactar y aprobar una ordenanza que determine, en estos otros aspectos, las medidas necesarias para la protección de la salud ante la exposición de los ciudadanos a campos electromagnéticos, las normas de protección ambiental, las obligaciones de conservación y revisión, así como la ordenación de los emplazamientos.
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