Manuel Calleja Salado, Sevilla, 1974, licenciado en Derecho y en Filosofía por la Universidad de Sevilla, es profesor en el IES Luis de Camoens de nuestra ciudad. Así mismo, es miembro del Consejo Sindical de CC.OO. de Ceuta, consejero del CES de la Ciudad Autónoma y militante del PSOE ceutí.

Como autor, ha desarrollado temas relacionados con el Derecho Constitucional y el pensamiento contemporáneo en diversas publicaciones especializadas. Desde noviembre de 2006, cuenta con una columna semanal titulada "Asimetrías Urbanas" en el diario El Faro de Ceuta.

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Asimetrías Urbanas
Ceuta, 24 de octubre de 2007
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Formando mayorías
Manuel Calleja

La regla de la mayoría es tan simple que su propia simplicidad incomoda a aquellos para quiénes la democracia es solamente un recurso retórico y no un principio que informa y recorre toda su experiencia política. En las sociedades modernas resolver por la regla de la mayoría es afrontar las circunstancias de frente, sin medias tintas, sin cabildeos, venciendo una opción y siendo derrotadas la otra u otras.

La regla se puede enunciar como el criterio por el que la decisión o el nombramiento recaen en la elección más numerosa entre los componentes de una comunidad política. La mayor parte de las alteraciones de la regla de la mayoría provienen en la determinación de cuál es la comunidad que elige, lo que en términos democrático corresponde al pueblo.

La molesta simplicidad de la regla de la mayoría ha llevado a inventar numerosas estratagemas y mecanismos de lo más variado para modificar la mayoría y rectificarla en el sentido más conveniente para los molestados por la posible decisión contraria del grupo más numerosos.

Las formas más groseras son las que se basan en alteraciones de las circunscripciones electorales, dándole más peso en los comicios a aquellos territorios que apoyan determinada elección y menos a los que están en contra. Las democracias occidentales vienen padeciendo un dominio de las pequeñas circunscripciones sobre las grandes, que alteran significativamente los resultados.

Las democracias liberales del siglo XIX, temerosas en el fondo del pueblo que decían representar, entorpecieron el acceso al censo electoral, y por tanto el derecho de sufragio activo, a toda persona que no tuviera determinado patrimonio y que por tanto sus intereses personales no fueran los mismos que los intereses de la clase decimonónica dominante.

Hay otras formas más enrevesadas y que buscan un determinado amparo ideológico. Durante el siglo XX determinados regímenes, de todas las tendencias políticas, han reducido la pertenencia al pueblo soberano a aquellos individuos que eran fieles al régimen o a las personas que componían el régimen. El derecho de ciudadanía se modificaba para que solamente pudieran participar en la vida política aquellos que no tenían opinión, aquellos cuya conciencia se encontraba secuestrada por el poder.

Estos regímenes no inventaron esta concepción de pueblo, sino que se inspiraron en el concepto medieval de “pars sanior”. Durante el “Cisma de Occidente”, san Bernardo de Claraval consideró que la mejor solución al problema planteado y enquistado era un Concilio pero limitado únicamente a la parte más sana, a la parte mejor de la Iglesia, que era evidentemente la que compartía la visión de la realidad de este teólogo.

A pesar de los mecanismos expuestos sintéticamente, la conciencia de la libertad es tozuda y, por muchas restricciones que se hagan, la voluntad colectiva termina por emerger. Entonces el mecanismo se lleva hasta el suicidio político, es decir, se elimina el cuerpo electoral recurriendo a cualquier argucia, engaño o simplemente a la norma de la fuerza, que sustituye a la regla de la mayoría.

El miedo al voto, a que todos los miembros de una comunidad política hablen y que el debate finalice con una votación conclusiva, lleva a algunos a preferir la destrucción de esa comunidad antes de perder una votación, antes de comprobar que la mayoría no los quiere a ellos, a su forma de gobernar o a ambas cosas.

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